Aprueba el Cabildo dar seguimiento a la escrituración de locales comerciales en esos sitios
Cancún, Q. R., a 31 de julio de 2026.- Al realizarse la Cuadragésima Quinta Sesión Ordinaria, el Cabildo de Benito Juárez autorizó por unanimidad de votos instruir acciones administrativas para la revisión y validación del proceso de escritura de los locales comerciales en los mercados municipales: “Lic. Javier Rojo Gómez”, “Independencia”, “Nuevo Felipe Carrillo Puerto” y “Artículo 115 Constitucional”, para dotar de certeza jurídica tanto al municipio como a los dueños.
En el recinto oficial que es la Sala “20 de abril”, durante la sesión encabezada por la Encargada de Despacho de la Presidencia Municipal, Landy Guadalupe Canché Pantoja, las y los regidores aprobaron dicho acuerdo que establecerá un procedimiento formal para la revisión de cada expediente para quienes acrediten documental y jurídicamente el cumplimiento de los requisitos correspondientes.
También, se explicó que con esto se da continuidad a un procedimiento de enajenación previamente autorizado por el Ayuntamiento en los años de 1991 y 1992 y respaldado por el Decreto número 61 emitido por la VI Legislatura Constitucional del Estado, para privilegiar a los usuarios y poseedores de los locales comerciales, para proporcionarles instalaciones adecuadas para realizar de manera formal sus actividades económicas, favoreciendo el orden urbano, el desarrollo económico y el cumplimiento de las obligaciones administrativas que les competen.

De esta forma, se autoriza a las autoridades municipales, incluido el Tesorero Municipal, para suscribir de manera conjunta los instrumentos notariales y demás actos jurídicos necesarios para concluir los procedimientos de cada caso, al mismo tiempo que reconoce a la Dirección General de Patrimonio Municipal como responsable de la integración, revisión y validación de los expedientes.
Cabe reiterar que dichos mercados beneficiados son: «Lic. Javier Rojo Gómez», en la Supermanzana 23; «Independencia», en la Supermanzana 69; «Nuevo Felipe Carrillo Puerto», en la Supermanzana 94; y «Artículo 115 Constitucional», en la Supermanzana 28.












